Vocabulario de la gestación subrogada que Todos los Padres de Intención deberían conocer

El proceso de gestación subrogada está lleno de muchos términos que pueden resultar desconocidos. He aquí una lista de palabras y frases que todo futuro padre debería conocer.

  • Subrogación altruista: Tipo de maternidad subrogada en la que la madre de alquiler se ofrece voluntariamente para gestar un hijo para los futuros padres y no recibe ninguna compensación. A veces se conoce como “subrogación compasiva”.
  • Donación anónima de óvulos: Situación en la que los futuros padres y/o el/la niño/a nacido/a a través de un proceso de gestación subrogada desconocen la identidad de la donante de óvulos.
  • Inseminación artificial: Procedimiento médico mediante el que se inserta esperma del padre biológico en el cuello uterino, las trompas de Falopio o el útero.
  • Contrato: Conocido como “contrato de subrogación” o “contrato de portadora”, se trata de un contrato de acuerdo legal entre los futuros padres y la madre de alquiler, que se redacta mediante términos negociados por abogados. Es importante estudiar las leyes de subrogación en su estado, ya que los contratos son siempre legales o ejecutables en un tribunal de justicia.
  • Subrogación compensada: También conocida como “subrogación comercial”, es un tipo de subrogación en el que se compensa a la madre de alquiler por gestar un hijo para los futuros padres. Normalmente, las condiciones de la subrogación compensada se negocian en un contrato. La subrogación compensada no es legal ni aplicable en todas partes, por lo que es importante investigar las leyes de su estado antes de firmar un contrato.
  • Donante de óvulos: Mujer que dona sus óvulos a los futuros padres para que los utilicen en un procedimiento de FIV.
  • Extracción de óvulos: Procedimiento médico durante el cual se extraen óvulos de la donante para su fecundación.
  • Embrión: organismo resultante de la fecundación de un óvulo femenino por un espermatozoide masculino.
  • Transferencia de embriones: Proceso de transferencia de un embrión fecundado al útero de la madre de alquiler.
  • Fecundación: El proceso por el cual el esperma de un padre intencionado fertiliza un óvulo para producir un embrión.
  • Clínicas de fertilidad: Clínicas médicas donde se realizan los procedimientos médicos asociados al proceso de subrogación.
  • Embrión congelado: Proceso que permite congelar o “crio preservar” óvulos fecundados para utilizarlos en transferencias embrionarias posteriores.
  • Subrogación gestacional: En la subrogación gestacional, la madre de alquiler gesta un embrión creado con óvulos de una donante que no son los suyos para los futuros padres. Por tanto, no está genéticamente relacionada con el bebé. Esto contrasta con la subrogación tradicional, en la que la portadora también actúa como donante de óvulos y, por tanto, es la madre biológica del niño resultante.
  • Progenitor(es) de intención: persona o pareja que se convertirá en el progenitor legal de un niño nacido por gestación subrogada.
  • Fecundación in vitro: Más comúnmente conocida por su acrónimo “FIV”, se trata de un proceso médico durante el cual los óvulos son fecundados por espermatozoides fuera del útero.
  • Donante de óvulos conocida: Situación en la que los futuros padres, y potencialmente cualquier niño nacido a través de un proceso de gestación subrogada, conocen la identidad de una donante de óvulos.
  • Emparejamiento: Proceso al que se someten los futuros padres para encontrar una madre de alquiler y/o una donante de óvulos.
  • Múltiples: Término que hace referencia a la mayor posibilidad de concebir dos o más hijos en un procedimiento de FIV cuando se transfiere más de un embrión.
  • Orden previa al parto: Orden judicial, obtenida antes del nacimiento de un niño, que otorga todos los derechos y responsabilidades parentales a los futuros padres, en lugar de a la madre de alquiler. Esta orden permite quitar el nombre de la subrogante del certificado de nacimiento y reemplazarlo por el nombre de los progenitores de intención.
  • Orden posterior al nacimiento: Una orden judicial, obtenida después del nacimiento que otorgará todos los derechos y responsabilidades parentales a los padres de intención en lugar de a la madre de alquiler. Normalmente, esta orden eliminará el nombre de la madre de alquiler del certificado de nacimiento y lo sustituirá por el de los futuros padres.
  • Madre de alquiler: Mujer que gesta un hijo para los padres intencionales por separado. Una madre de alquiler también se denomina a veces “portadora”.
  • Gestación subrogada tradicional: En la gestación subrogada tradicional, la madre de alquiler es a la vez donante de óvulos y portadora de un hijo para los padres de intención. Por lo tanto, será la madre biológica del niño/a  resultante. Esto contrasta con la subrogación gestacional, en la que la portadora no actúa como donante de óvulos y, por tanto, no es la madre biológica del niño/a resultante.